El Real Decreto-ley 16/2025, de 23 de diciembre (BOE de 24 de diciembre) ha prorrogado determinadas medidas para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad social, por la que se adoptan medidas urgentes en materia tributaria y de Seguridad Social.
El Gobierno ha aprobado el Real Decreto-ley 16/2025, que prorroga y amplía distintas medidas sociales y fiscales, e introduce novedades relevantes que afectan a autónomos, personas físicas y empresas en materia de IVA, IRPF e Impuesto sobre Sociedades, así como medidas específicas para personas y empresas afectadas por la DANA.
A continuación, resumimos los principales cambios de forma clara y práctica.
1. IVA: módulos, agricultura y libros registro
Se mantienen los módulos en 2026
Se prorrogan para 2026 los límites que permiten seguir aplicando:
Esto evita cambios automáticos de régimen para muchos autónomos.
Plazo para renunciar o volver a módulos
El plazo para renunciar o revocar la renuncia a estos regímenes para 2026 será:
Las opciones ejercidas entre el 1 y el 24 de diciembre de 2025 también serán válidas y podrán modificarse dentro del plazo general.
Plazo especial para libros registro de IVA y REDEME
Entre el 26 de diciembre de 2025 y el 31 de enero de 2026 se habilita un plazo extraordinario para:
2. IRPF: módulos, vivienda, ayudas y deducciones
Módulos en IRPF
También se prorrogan para 2026 los límites para tributar por estimación objetiva (módulos) en el IRPF, salvo en actividades agrícolas, ganaderas y forestales, que tienen sus propios límites.
El plazo de renuncia o revocación será el mismo:
Imputación de rentas inmobiliarias
Desde el 1 de enero de 2025, se aclara que se aplicará el porcentaje reducido del 1,1 % para la imputación de rentas de inmuebles situados en municipios cuyos valores catastrales hayan sido revisados a partir de 2012.
Esto puede reducir la tributación de muchos inmuebles no alquilados.
Exención de ayudas por incendios y emergencias
Quedan exentas de IRPF las ayudas por daños personales concedidas a personas afectadas por:
Deducciones prorrogadas hasta 2026
Se amplían hasta el 31 de diciembre de 2026:
Prestaciones por desempleo: no siempre hay que declarar
Se elimina la obligación general de presentar la declaración del IRPF para todas las personas que cobran prestaciones o subsidios por desempleo.
3. Impuesto sobre Sociedades: inversiones y amortizaciones
Amortización libre de vehículos eléctricos
Las empresas podrán amortizar libremente:
Esta medida permite reducir la base imponible del impuesto de forma más rápida.
Energías renovables
Se prorroga hasta 2026 la libertad de amortización para inversiones empresariales que utilicen energías renovables.
4. Medidas especiales para personas y empresas afectadas por la DANA
Ampliación de ayudas
Las ayudas directas se amplían a:
Plazos de solicitud
Las solicitudes podrán presentarse:
No será necesario volver a solicitar la ayuda si ya se presentó la solicitud anterior y aún no se había resuelto.
El pago se realizará:
Ayudas autonómicas exentas de impuestos
Determinadas ayudas urgentes concedidas por la Comunitat Valenciana para mantener el empleo y reactivar la economía estarán exentas de tributación, tanto en IRPF como en el Impuesto sobre Sociedades.
Las medidas descritas exigen una revisión inmediata de opciones fiscales ejercitadas, especialmente en módulos, regímenes especiales de IVA, amortizaciones y planificación de inversiones, así como un análisis individualizado en los supuestos de ayudas públicas y exenciones aplicables.
Pueden ponerse en contacto con nuestra asesoría para pymes y autónomos en Osuna (Sevilla) para cualquier duda o aclaración que puedan tener al respecto.
Asesoría Bermúdez y Caro
Osuna (Sevilla)