El 30 de junio se ha dado luz verde al Proyecto de Ley de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal, con la incorporación de todas las enmiendas introducidas por el Senado. De este modo, la norma queda lista para su entrada en vigor al día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado, con excepciones.
El Pleno del Congreso de los Diputados ha aprobado el Proyecto de Ley de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal, de transposición de la Directiva (UE) 2016/1164, del Consejo, de 12 de julio de 2016, por la que se establecen normas contra las prácticas de elusión fiscal que inciden directamente en el funcionamiento del mercado interior, de modificación de diversas normas tributarias y en materia de regulación del juego. Esta norma regula reformas en materia tributaria para prevenir y luchar contra el fraude fiscal.
En la sesión plenaria de este miércoles, 30 de junio, se ha dado luz verde a esta iniciativa gubernamental con la incorporación de todas las enmiendas introducidas por el Senado. De este modo, la norma queda lista para su entrada en vigor al día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE), con excepciones.
El texto recoge el castigo fiscal en los impuestos relacionados con los inmuebles, como Transmisiones, Sucesiones o Patrimonio.
Además, entre las medidas que se incluyen en el texto se encuentra la limitación del pago en efectivo para determinadas operaciones económicas, que pasa de 2.500 a 1.000 euros, en el supuesto de operaciones en el que interviene un empresario o profesional. A su vez, se disminuye el límite de pago en efectivo de 15.000 a 10.000 euros en el caso de particulares con domicilio fiscal fuera de España.
Por otra parte, la nueva norma contempla la prohibición por ley de las amnistías fiscales.
Además, el texto rebaja de un millón de euros a 600.000 euros el umbral de la deuda con Hacienda que conlleva aparecer en el listado de deudores. También, Hacienda incluirá en esa lista de deudores a los responsables solidarios, como pueden ser los familiares o los socios.
En este proyecto de ley también se adecúa el término de paraísos fiscales al de jurisdicciones no cooperativas. En este sentido, atendiendo a y una vez aprobados los criterios de equidad y transparencia, la ministra de Hacienda «adoptará las disposiciones necesarias para la publicación de la relación de países y territorios, así como regímenes fiscales perjudiciales, considerados jurisdicciones no cooperativas, que habrá de ser actualizada periódicamente».
Se establecen dos nuevas obligaciones informativas: del saldo que mantienen los titulares de monedas virtuales y de las operaciones sobre dichas monedas (adquisición, transmisión, permuta, transferencia, cobros y pagos) en las que intervengan.
Asimismo, se modifica la base imponible del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, como en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, sustituyendo el concepto de valor real por el de «valor de los bienes y derechos», considerándose que este último, salvo reglas especiales, se considerará que es el «valor de mercado». No obstante, si el valor declarado por los interesados es superior al valor de mercado, esa magnitud se tomará como base imponible.
Por otro lado, respecto del Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE), se actualizan las referencias normativas para considerar un grupo de sociedades y se aclara que la regla para calcular el importe neto de la cifra de negocios se deberá aplicar con independencia de la obligación de consolidación contable.
En cuanto a la regulación del juego, en este proyecto de ley se contemplan mecanismos de prevención y lucha contra la manipulación de las competiciones deportivas, para combatir el fraude que puede producirse en las apuestas deportivas. Se amplía el elenco de entidades a las que la autoridad encargada de regulación del juego puede realizar requerimientos de información, y se introducen nuevos tipos infractores o se modifica alguno de los existentes, para sancionar prácticas fraudulentas de los participantes en los juegos, de los propios operadores o de proveedores o intermediarios, entre otros.
Enmiendas del Senado
Le mantendremos informados, con todas las novedades aprobadas por esta Ley, una vez se publique la norma en el BOE.
Pueden ponerse en contacto con nuestra asesoría para cualquier duda o aclaración que puedan tener al respecto.